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CENTRO MEDICO VIRGEN DE LA CARIDAD

Jorge Juan 30.
30204 Cartagena.
Tel.: 968 50 66 66.
Cartagena de Indias
, 3-5. 30203 Cartagena.
Tel.: 968 50 66 66.

Centro de Fisioterapia Jiménez de la Espada
, 71. 30203 Cartagena
Tel.: 968 08 96 90.

Clínica de Estética y Salud.
Paseo Alfonso XIII
, 8, Entlo. B. 30201 Cartagena. Tel.: 902 33 63 93.

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SERVICIO DE PREVENCIÓN AJENO: última apuesta y nuevo servicio de Centro Médico Virgen de la Caridad para Cartagena. “Virgen de la Caridad Prevención”

Para su información cualquier servicio de prevención de riesgos laborales debe de estar acreditado y registrado en la Dirección General de Trabajo.

Esta actividad o servicio nace con la necesidad de integrar la prevención en las empresas de forma que los accidentes no se perpetúen en las actividades empresariales como un mal inevitable, con un riesgo que se consideraba inherente a determinados puesto de trabajo, en el que la responsabilidad de evitarlo solo pasa por la prudencia del trabajador y la misión del encargado o del empresario no es otra que presionar para que el usuario final tenga plena satisfacción, a costa de cualquier riesgo en el trabajo para conseguirla.

Con la ley de prevención (Ley 31 /1995 de 8 de noviembre) ha venido a dar un nuevo enfoque a la prevención de riesgos en el trabajo, en la que no se limita a un conjunto de deberes de obligado cumplimiento empresarial o la subsanación de situaciones de riesgo ya manifestadas, sino que se integra en el conjunto de actividades y decisiones de la empresa de las que forma parte desde el comienzo del proyecto empresarial.

Integrándola posteriormente en la empresa como una actividad más que a partir de una evaluación inicial se planifica todo riesgo inherente al trabajo a desarrollar, y la consiguiente adopción de medidas adecuadas a la naturaleza de los riesgos detectados, y esto es una parte viva en continuo desarrollo de planificación y adaptando las medidas en cada momento del proceso de la actividad .

En este proceso es en el que encaja el servicio de prevención, colaborando directamente con el empresario como máxima autoridad y sobre el que recae toda la responsabilidad de esta planificación y el cumplimiento de todo el proceso de medidas a adoptar en cada momento y su cumplimiento. El servicio de prevención también actúa colabora y asesora a todos los mandos intermedios, delegado de prevención, agentes sindicales y trabajadores en su puesto de trabajo.

El Real Decreto 39/97, de 17 de enero, aprueba el reglamento de los servicios de prevención por el que se regulan los procedimientos de evaluación de riesgos para la salud de los trabajadores y de las modalidades de organización, funcionamiento y aptitudes que han de reunir dichos servicios y los trabajadores designados para desarrollar la actividad preventiva.
 
El servició de Prevención ajeno es una entidad especializada que pone a disposición de las empresas Técnicos y especialistas en las disciplinas preventivas, las de funciones superiores existentes:

  • Seguridad en el trabajo
  • Higiene Industrial
  • Ergonomía y Psicología aplicada
  • Medicina del trabajo

Además de los técnicos superiores existen, los técnicos con funciones a nivel básico e intermedio con funciones especificas siempre delegadas y supervisadas por los técnicos superiores que son los responsables de la realización de la planificación de la acción preventiva a desarrollar tras la evaluación y la puesta en marcha y la supervisión del cumplimiento de las medidas de seguridad así como de los cursos de formación tanto específicos como generales para las distintas actividades de las empresa y los trabajadores.

Las funciones de la vigilancia y control de la salud de los trabajadores es otra de las actividades que presta el servicio de prevención a través de su médico con la especialidad de Medicina del Trabajo y el enfermero diplomado con el curso de Enfermería de Empresa, sin el perjuicio de la participación de otros profesionales sanitarios con competencias técnicas, con formación y capacidad acreditada.

Igualmente hacen una evaluación de la salud de los trabajadores inicial al incorporarse al trabajo, en casos de asignación de tareas específicas con nuevos riesgos para la salud. También en el caso de trabajadores que reanuden el trabajo tras una ausencia prolongada por motivos de salud para verificar si el origen de tal deterioro es profesional o para proteger al trabajador de forma preventiva tras su convalecencia. Otra modalidad es la vigilancia de salud a intervalos periódicos, que es la más conocida.

La vigilancia de la salud está sometida a protocolos específicos con respecto a los factores de riesgo a los que este expuesto el trabajador.

Con posterioridad el personal sanitario analiza los resultados de la vigilancia de la salud de los trabajadores y la evaluación de riesgos, con criterios epidemiológicos y analiza con los demás miembros componentes del servicio de prevención la posible relación entre exposición a los riesgos profesionales y los perjuicios para la salud y proponen medidas encaminadas a mejorar las condiciones y medioambiente del trabajo. Hacen fundamentalmente hincapié a los trabajadores menores de edad, embarazadas o parto reciente y trabajadores especialmente sensibles a determinados riesgos proponiendo medidas preventivas adecuadas.

Esto es, a grandes rasgos, lo que un servicio de prevención, como el de Virgen de la Caridad, ofrece a trabajadores y empresarios, en definitiva, su apoyo incondicional desde una perspectiva científica encaminada a librar a las empresas o sus trabajadores de riesgos y accidentes innecesarios y siempre previsible para que las personas puedan desarrollarse y vivir del trabajo y no morir por él.

José Manuel Nicolás
Director de Virgen de la Caridad Prevención.